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Ciclo de Conferencias #ConstituyentealDía: “La Ampliación de las Competencias del Sistema de Justicia”

Ciclo de Conferencias #ConstituyentealDía: “La Ampliación de las Competencias del Sistema de Justicia”

El pasado 25 de julio se realizó otra conferencia del ciclo #ConstituyentealDía, en esta oportunidad el tema a tratar fue el objetivo programático N° 4  “La ampliación de las competencias del sistema de justicia, para erradicar la impunidad de los delitos”. Las ponentes fueron las integrantes del equipo de Consultoría Jurídica de la Tesorería de Seguridad Social: Mónica Granados, Diana Campano, Lennis Astudillo y Maribel Aguirre.

La conferencia inició con una extraordinaria y completa exposición sobre los fundamentos del derecho en Venezuela; y una minuciosa descripción de la conformación de cada uno de los poderes públicos de la nación: Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Ciudadano y Electoral.

Asimismo; se hizo énfasis en el artículo 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “El Poder Judicial es independiente y el Tribunal Supremo de Justicia gozará de autonomía funcional, financiera y administrativa. A tal efecto, dentro del presupuesto general del Estado se le asignará al sistema de justicia una partida anual variable, no menor del dos por ciento del presupuesto ordinario nacional, para su efectivo funcionamiento, el cual no podrá ser reducido o modificado sin autorización previa de la Asamblea Nacional. El Poder Judicial no está facultado para establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios”.

Posteriormente se mencionó el artículo 292 de la Carta Magna: “Los órganos del Poder Electoral se rigen por los principios de independencia orgánica, autonomía funcional y presupuestaria, despartidización de los organismos electorales, imparcialidad y participación ciudadana; descentralización de la administración electoral, transparencia y celeridad del acto de votación y escrutinios”.

Las abogadas hicieron especial énfasis en que es necesario ampliar algunas de las penas que establece el Código Penal de Venezuela. Igualmente; destacaron la importancia de los artículos 128, 129, 132, 133 y 144 de dicho código por ser fundamentales en cuanto a la soberanía de la nación.

El Tesorero del Sistema de Seguridad Social, Dr. Rafael Ríos, hizo una oportuna intervención señalando la gran importancia del artículo 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional y prevalecen en el orden interno, en la medida en que contengan normas sobre su goce y ejercicio más favorables a las establecidas en esta Constitución y en las leyes de la República, y son de aplicación inmediata y directa por los tribunales y demás órganos del Poder Público”.

Cabe destacar que el objetivo programático N°4 del Proceso Nacional Constituyente consiste en la ampliación de las competencias del sistema de justicia, para erradicar la impunidad de los delitos, especialmente aquellos que se cometen contra las personas (homicidios, secuestro, extorsión, violaciones, violencia de género y contra niños y niñas); así como de los delitos contra la Patria y la sociedad tales como la corrupción; el contrabando de extracción; la especulación; el terrorismo; el narcotráfico; la promoción del odio social y la injerencia extranjera.

Redacción: María Segovia/TSS.

Fotos: Arturo Rodríguez/TSS.


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