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¿Los trabajadores y trabajadoras de la Administración Pública que tienen regímenes especiales de jubilaciones y pensiones están obligados a cotizar a la seguridad social?

Sí. Precisamente en los artículos 16, 109 y 111 de la LOSSS y en el artículo 25 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores y de las Trabajadoras de la Administración Pública Nacional Estadal y Municipal quedó establecido que todos los trabajadores y las trabajadoras sean funcionarios o funcionarias, empleados o empleadas, obreros u obreras, al servicio de la Administración Pública correspondiente a todos los órganos de los poderes públicos nacional, estadal y municipal, están obligados a cotizar para el  financiamiento solidario del Sistema de Seguridad Social.


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