No.
De acuerdo con lo establecido en la Disposición Final Tercera del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley, las jubilaciones y pensiones que paga la Tesorería de la Seguridad Social son concurrentes con las pensiones que otorga el Seguro Social, es decir, que un trabajador o trabajadora de la Administración Pública puede disfrutar de una jubilación o pensión por la Tesorería y la pensión por el Seguro Social.